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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214119
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 917

OFRECIMIENTO DE TRABAJO, NO ES DE MALA FE, POR NO ESTAR INSCRITO EL TRABAJADOR EN EL REGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 917

Precedentes

Amparo directo 4458/93. Gustavo Mijangos Ríos. 11 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Guerrero Lascares. Secretario: Francisco Taboada González. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 109/2007-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 210/2007, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, diciembre de 2007, página 211, con el rubro: "OFRECIMIENTO DE TRABAJO. LA OMISIÓN DE PROMETER LA INSCRIPCIÓN DEL TRABAJADOR ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL NO IMPLICA SU MALA FE."
Registro digital (IUS): 214119