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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 214148
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 935
PRUEBA TESTIMONIAL, EN MATERIA LABORAL. OFRECIMIENTO DE LA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 935
Si para probar los argumentos expuestos en la demanda o en el escrito contestatorio, el interesado ofreció la prueba testimonial a cargo de cuatro personas o más, en forma general, esto es, sin precisar quiénes demostrarían un punto controvertido y quiénes otro, o sobre qué aspecto de la controversia depondrían unos y sobre cuál los otros, debe entenderse que todos los harán sobre el mismo tema; en cuya hipótesis, por lo inútil de declaraciones reiterativas, está en lo correcto la Junta al requerir a su oferente para que reduzca a tres el número de testigos, de conformidad con la fracción I del artículo 813 de la ley Federal del Trabajo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 262/93. Ernesto Díaz Puente. 29 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Moisés Duarte Aguíñiga. Secretario: Juan García Orozco.