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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214150
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 936

PRUEBAS EN MATERIA LABORAL, DEBEN ANALIZARSE EN RELACION CON TODOS LOS PUNTOS DE LA CONTROVERSIA, AUNQUE SE OFREZCAN PARA ACREDITAR UN HECHO DETERMINADO (TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 936

Precedentes

Amparo directo 6247/93. Anastacio Saldaña Adame. 7 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: María Yolanda Múgica García. Secretario: Antonio Hernández Meza.
Registro digital (IUS): 214150