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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 214163
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 945
RELACION LABORAL, NEGATIVA DE SU EXISTENCIA, CUANDO NO ES LISA Y LLANA. CARGA DE LA PRUEBA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 945
Cuando el patrón niega la existencia de relación de trabajo pero no lo hace lisa y llanamente, sino calificando dicha negativa haciendo afirmaciones, como sería que tal relación deriva de un contrato de prestación de servicios, de comodato, temporal, etcétera, la carga probatoria, sobre la naturaleza del vínculo contractual corresponde al patrón y no al actor.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 428/93. Miguel González Borrel y Jorge Meza Ortiz, como propietario de "Acabados Integrales de Xalapa". 8 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Eliel E. Fitta García. Secretario: Antonio Zúñiga Luna.
Amparo directo 311/93. "Refaccionaria Diesel Camionera", S.A. de C.V. 23 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Eliel E. Fitta García. Secretario: Juan Sosa Jiménez.