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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214216
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 971

SUSPENSION PROVISIONAL. PROCEDE CONCEDERLA EN CONTRA DE LA OBLIGACION DE INSCRIPCION EN LAS CAMARAS DE COMERCIO Y LA IMPOSICION DE MULTAS CORRESPONDIENTES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 971

Precedentes

Queja 271/93. Jefe del Departamento de Organismos Comerciales de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. 15 de julio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Samuel Hernández Viazcán. Secretario: Aristeo Martínez Cruz. Queja 261/93. Jefe del Departamento de Organismos Comerciales de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. 14 de julio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca. Secretaria: Mercedes L. Pérez Martínez. Queja 251/93. Jefe del Departamento de Organismos Comerciales de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. 9 de julio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Luis María Aguilar Morales. Secretario: José Manuel Villeda Ayala.
Registro digital (IUS): 214216