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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 214228
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 977
TESTIMONIOS DE FAMILIARES DEL REO, ES CORRECTA LA DESESTIMACION DE LOS. CUANDO EXISTE SOSPECHA DE SUS DICHOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 977
Aun cuando en materia penal no existan tachas, si los testimonios rendidos por quienes resultan ser familiares del inculpado son notoriamente sospechosos es correcta la determinación de desestimarlos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 92/93. J. Refugio Rodríguez Rodríguez. 10 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Núñez Salas. Secretario: Francisco Javier Ruvalcaba Guerrero.