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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 347/2014 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desechada por notoriamente improcedente, mediante acuerdo de 19 de marzo de 2015.

X.1o. J/13JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214265
Clave de tesis
X.1o. J/13
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 71, Noviembre de 1993; Pág. 80

ORDEN DE APREHENSION. NO COMPRENDE EL EXAMEN DE LA CLASIFICACION DEL CUERPO DEL DELITO, SINO UNICAMENTE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 16 CONSTITUCIONAL.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 71, Noviembre de 1993; Pág. 80

Precedentes

Amparo en revisión 214/91. Sebastián Feria Ruiz. 7 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Leonardo Rodríguez Bastar. Secretaria: Olga María Josefina Ojeda Arellano. Amparo en revisión 132/90. Gregorio Mingo Ramos y otra. 16 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Pérez Herrera. Secretario: Rafael García Magaña. Amparo en revisión 131/92. Juan Sánchez García. 1o. de julio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Romero Morrill. Secretario: Rafael García Magaña. Amparo en revisión 393/92. Emma del Carmen Márquez Naranjo. 23 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Vargas Ruiz. Secretario: Rafael García Magaña. Amparo en revisión 416/92. Jesús Chán Jiménez. 25 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Faustino Cervantes León. Secretaria: Nora María Ramírez Pérez. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 347/2014 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desechada por notoriamente improcedente, mediante acuerdo de 19 de marzo de 2015.
Registro digital (IUS): 214265