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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214270
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 277

ABANDONO DE FAMILIARES. ESE DELITO SE TIPIFICA SI EL ACREEDOR ALIMENTARIO NO PROCURA A SUS DEPENDIENTES ECONOMICOS DE LOS RECURSOS NECESARIOS PARA SU SUBSISTENCIA, SIN IMPORTAR SI AQUEL TRABAJA O NO, SI NO SE ENCUENTRA FISICA NI MENTALMENTE IMPEDIDO PARA ELLO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 277

Precedentes

Amparo en revisión 248/93. Manuel Villa Ortiz. 30 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Arroyo Moreno. Secretario: José de Jesús Ortega de la Peña.
Registro digital (IUS): 214270