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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214273
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 279

ABUSO DE CONFIANZA. QUERELLA PRESENTADA POR EL REPRESENTANTE DE LA PERSONA MORAL OFENDIDA. REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL PODER RESPECTIVO. (ARTICULO 100, FRACCION VIII, DE LA LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 279

Precedentes

Amparo en revisión 228/93. Pedro García Ruiz. 23 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Terrazas Salgado. Secretario: Sergio Arturo López Servín.
Registro digital (IUS): 214273