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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214275
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 280

ACCION. AUTONOMIA ENTRE LA QUE ORIGINA LA CONTROVERSIA Y LA QUE SE DA PARA EJECUTAR LOS LAUDOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 280

Precedentes

Amparo directo 403/93. Melitón Escalona Rodríguez. 4 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretario: Rigoberto Calleja López. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.1o.T. J/57, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVII, abril de 2008, página 1935, con el rubro: "ACCIÓN. AUTONOMÍA ENTRE LA QUE ORIGINA LA CONTROVERSIA Y LA QUE SE DA PARA EJECUTAR LOS LAUDOS."
Registro digital (IUS): 214275