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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214282
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 284

ACTOS ADMINISTRATIVOS. EL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SOLO ESTA FACULTADO PARA DECLARAR LA LEGALIDAD O ILEGALIDAD DE LOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 284

Precedentes

Amparo directo 288/93. Salomón Mendoza Peña y coagraviados. 6 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Ceja Villaseñor. Secretario: José Luis Flores González.
Registro digital (IUS): 214282