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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214331
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 311

BENEFICIARIOS, DECLARACION DE, CUANDO NO SE AFECTA EL INTERES JURIDICO DEL PATRON.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 311

Precedentes

Amparo en revisión 228/93. "Compañía Periodística Veracruzana", S.A. y "Editorial Sotavento de Veracruz", S. de R. L. de C.V. 8 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Eliel E. Fitta García. Secretaria: Nilvia Josefina Flota Ocampo. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 47/97 resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 22/98, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VII, junio de 1998, página 92, con el rubro: "BENEFICIARIOS EN MATERIA LABORAL, DECLARACIÓN DE. EL PATRÓN CARECE DE INTERÉS JURÍDICO PARA IMPUGNAR SU RESOLUCIÓN.
Registro digital (IUS): 214331