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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214338
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 319

COMPETENCIA EN REVISION FISCAL. SE SURTE EN FAVOR DEL TRIBUNAL COLEGIADO EMISOR DE LA EJECUTORIA DICTADA EN ANTERIOR RECURSO DE REVISION, SI EL QUE ESTE INTERPONIENDOSE CONSTITUYE UNA IMPUGNACION RELATIVA A LOS TERMINOS EN QUE SE DIO CUMPLIMIENTO A LA PROPIA EJECUTORIA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 319

Precedentes

Revisión fiscal 133/93. Arrendadora de Centros Comerciales, S.A. de C.V. (Recurrentes: Subprocurador Fiscal Federal de Amparos y Asuntos Laborales, por suplencia en ausencia del Subprocurador Fiscal Federal de lo Contencioso y en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público y otras autoridades). 8 de julio de 1993. Mayoría de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Disidente: Carlos Alfredo Soto Villaseñor. Secretario: Jesús García Vilchis.
Registro digital (IUS): 214338