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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214355
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 328

COSTAS. CUANDO NO SE ACTUA CON TEMERIDAD O MALA FE NO DEBE CONDENARSE AL PAGO DE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 328

Precedentes

Amparo en revisión 190/93. Enrique Gómez González. 18 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Terrazas Salgado. Secretario: José Heriberto Pérez García. Amparo en revisión 187/93. Javier Castillo Olvera. 18 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Terrazas Salgado. Secretario: José Heriberto Pérez García.
Registro digital (IUS): 214355