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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214372
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 339

DESPIDO, NEGATIVA DEL, EL CAMBIO DE DIA DE DESCANSO EN EL OFRECIMIENTO DEL TRABAJO, NO IMPLICA MALA FE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 339

Precedentes

Amparo directo 617/93. María Luisa Jiménez Anzures. 25 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Pero en cuanto al punto de la tesis es mayoría. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretaria: Teresa Sánchez Medellín.
Registro digital (IUS): 214372