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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214401
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 355

FERROCARRILEROS. PROCEDENCIA DE LA REINSTALACION DE LOS. CON BASE EN EL CONSENSO COLECTIVO, CLAUSULA 106 DEL MISMO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 355

Precedentes

Amparo directo 1405/91. Ferrocarriles Nacionales de México. 15 de mayo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Constantino Martínez Espinoza. Secretario: Sergio García Méndez. Amparo directo 3725/89. Cayetano Villagómez Fuentes. 15 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretaria: Elsa María Cárdenas Brindis. Amparo directo 9655/88. Ferrocarriles Nacionales de México. 28 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretario: Orlando Vázquez Gómez.
Registro digital (IUS): 214401