Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/214429
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214429
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 377

MANDATO. CUANDO LO OTORGA EL DIRECTOR JURIDICO DE UNA SOCIEDAD NACIONAL DE CREDITO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 377

Precedentes

Amparo directo 195/93.- Banca Cremi, S.A. de C.V.- 21 de abril de 1993.- Unanimidad de votos.- Ponente: Enrique Arizpe Narro.- Secretario: José Garza Muñiz. Amparo directo 491/93.- Motores Regiomontanos, S.A. de C.V.- 25 de agosto de 1993.- Unanimidad de votos.- Ponente: Enrique Arizpe Narro.- Secretario: José Garza Muñiz.
Registro digital (IUS): 214429