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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214437
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 383

NON BIS IN IDEM, PRINCIPIO DE. NO PRESUPONE LA IDENTIDAD DE LOS ELEMENTOS CONFIGURATIVOS DEL DELITO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 383

Precedentes

Amparo directo 859/92. Alberto Reyes Olmos. 6 de julio de 1993. Mayoría de votos. Ponente: Fernando Narváez Bárker. Disidente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretario: Isaac Gerardo Mora Montero. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte, Volumen III, página 9.
Registro digital (IUS): 214437