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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214440
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 384

NOTIFICACIONES EN EL PROCEDIMIENTO PENAL. SON NULAS SI LAS REALIZA EL COMISARIO DEL JUZGADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 384

Precedentes

Amparo directo 2266/92. Mario Alberto Ledezma Campos. 11 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Bruno Jaimes Nava. Secretario: Manuel Bárcena Villanueva.
Registro digital (IUS): 214440