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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XIX.2o.14 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214449
Clave de tesis
XIX.2o.14 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 393

PERSONA DIGNA DE FE. AUN CUANDO EL DENUNCIANTE SE ENCUENTRE DETENIDO TIENE LA CALIDAD DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 393

Precedentes

Amparo en revisión 194/93. Sotero Cortez Villanueva. 1o. de septiembre de 1993. Mayoría de votos. Disidente: José Pérez Troncoso. Ponente: Roberto Terrazas Salgado. Secretario: Sergio Arturo López Servín. Véase el voto particular del Magistrado José Pérez Troncoso publicado en la página 350 de este tomo.
Registro digital (IUS): 214449