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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214476
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 409

PRUEBAS TESTIMONIAL Y PERICIAL. DEBEN TENERSE POR ANUNCIADAS, CUANDO SE DIFIERE LA AUDIENCIA DE LEY.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 409

Precedentes

Queja 35/93. Saúl Pablo Jansenson Posternak. 1o. de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Díaz Infante Aranda. Secretaria: Sonia Gómez Díaz González. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917- 1988, Segunda Parte, Tesis de Jurisprudencia 1533, Pág. 2435.
Registro digital (IUS): 214476