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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214518
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 434

SALUD, DELITO CONTRA LA, EN SU MODALIDAD DE ACONDICIONAMIENTO, REQUISITO PARA SU CONFIGURACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 434

Precedentes

Amparo directo 509/92. Arcadio Domínguez Zapata. 16 de agosto de 1993. Mayoría de votos. Ponente: Carlos Chowell Zepeda. Disidente: Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: Gerardo Abud Mendoza. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo VII, junio, página 167.
Registro digital (IUS): 214518