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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 214536
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 448
TESTIGO SINGULAR. INSUFICIENCIA DE SU IMPUTACION DIRECTA, NO APOYADA EN OTROS DATOS, PARA DICTAR UN AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 448
La sola imputación de un testigo que afirma que el indiciado le platicó ser el responsable de un ilícito no es suficiente para fincar a éste un auto de formal prisión, si no está corroborada por otros datos que la hagan verosímil, y en su conjunto probable la responsabilidad del inculpado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 180/93. Silverio García Aparicio. 25 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén Pedrero Rodríguez. Secretario: Carlos Gregorio Ortiz García.