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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214563
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 465

UTILIDADES, PAGO DE REPARTO DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 465

Precedentes

Amparo directo 2771/93. Raúl Lara Sánchez. 1 de julio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba. Secretario: Jesús González Ruiz. Amparo directo 869/93. Francisco Tovar Hernández. 22 de abril de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Angel Salazar Torres. Véase: Semanario Judicial de la Federación. Séptima Epoca, Cuarta Sala, precedentes que no han integrado jurisprudencia 1969-1986, página 817. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.1o.T. J/41, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, mayo de 2002, página 1150, de rubro: "UTILIDADES, PAGO DEL REPARTO DE."
Registro digital (IUS): 214563