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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXII. J/1JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 214618
- Clave de tesis
- XXII. J/1
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 70, Octubre de 1993; Pág. 87
NOTIFICACION POR LISTA EN LOS JUICIOS DE AMPARO.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 70, Octubre de 1993; Pág. 87
En el juicio de garantías, cuando el Juez de Distrito ordena hacer una notificación por lista y ésta se efectúa en tales términos, y no obstante ello, sin existir previo acuerdo del Juez Federal, se reitera dicha notificación en forma personal a las partes; en términos de la fracción II, del artículo 34 de la Ley de Amparo, surte efectos la notificación hecha por lista, no así la que con posterioridad realiza en forma personal el Actuario del juzgado, toda vez que ésta última, no tiene sustento en autos, lo que implica que el notificador estaría actuando por sí mismo, sin que mediara acuerdo expreso del titular. En este orden de ideas, para efectos del cómputo para interponer el medio de impugnación correspondiente, la notificación que debe tomarse en cuenta debe ser la que se llevó a cabo por medio de la lista.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 277/92. Jesús Jaralillo López. 20 de agosto de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretario: Isidro Pedro Alcántara Valdés.
Amparo en revisión 289/92. Sucesión Testamentaria a Bienes de Juan Esquerra Rodríguez. 3 de septiembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretario: Isidro Pedro Alcántara Valdés.
Amparo en revisión 484/92. María Angélica Montero García. 14 de enero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Augusto Benito Hernández Torres. Secretario: Samuel Alvarado Echavarría.
Amparo directo 347/93. Rodolfo Vázquez Román. 12 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Augusto Benito Hernández Torres. Secretario: Ramiro Rodríguez Pérez.
Amparo en revisión 248/93. Omnibus de Tizayuca, S.A. de C.V. y otras. 12 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretario: Isidro Pedro Alcántara Valdés.