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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214625
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Octubre de 1993; Pág. 390

AGRAVIOS INOPERANTES, LO SON CUANDO INSISTEN EN LA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA INVOCADA EN EL JUICIO DE NULIDAD POR NO ATACAR LAS CONSIDERACIONES DE LA SALA FISCAL QUE LA LLEVARON A DESESTIMARLA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Octubre de 1993; Pág. 390

Precedentes

Revisión fiscal 801/93. Héctor Espinoza. 31 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca. Secretaria: Martha Elba Hurtado Ferrer.
Registro digital (IUS): 214625