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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214636
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Octubre de 1993; Pág. 396

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, DIFERIMIENTO DE LA. POR OMISION DEL JUEZ DE DISTRITO DE NOTIFICACION OPORTUNA A LAS AUTORIDADES RESPONSABLES PARA RENDIR SU INFORME CON JUSTIFICACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Octubre de 1993; Pág. 396

Precedentes

Amparo en revisión 175/93. Marco Antonio Morales Arcuate y otra. 3 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez Mellado García. Secretaria: Ma. del Carmen Gabriela Herrera Martínez.
Registro digital (IUS): 214636