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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214677
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Octubre de 1993; Pág. 421

DESPOJO. EL DELITO DE, TUTELA, A MAS DE LA POSESION, LA PROPIEDAD DE LOS BIENES RAICES (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Octubre de 1993; Pág. 421

Precedentes

Amparo directo 114/93. Julio Bravo Vázquez y otro. 14 de abril de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Rosa María Temblador Vidrio. Secretario: José Luis Rafael Cano Martínez. Amparo directo 15/93. Arturo Mejía Pérez. 17 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Rosa María Temblador Vidrio. Secretario: José Luis Rafael Cano Martínez. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia VII.P. J/6, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, noviembre de 1995, página 364, de rubro: "DESPOJO. EL DELITO DE, TUTELA, A MAS DE LA POSESION, LA PROPIEDAD DE LOS BIENES RAICES (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ)."
Registro digital (IUS): 214677