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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 214712
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Octubre de 1993; Pág. 446
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES. HACE PRESUMIR LA EXISTENCIA DE LAS DIVERSAS LICENCIAS O AUTORIZACIONES QUE SON REQUISITO PARA SU OTORGAMIENTO CONFORME AL REGLAMENTO GENERAL PARA ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES Y ESPECTACULOS PUBLICOS EN EL DISTRITO FEDERAL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Octubre de 1993; Pág. 446
Si para la obtención de la licencia de funcionamiento para giros mercantiles, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del anterior Reglamento General para Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos en el Distrito Federal, se tuvieron que satisfacer ciertos requisitos, como lo es el de contar con las licencias y autorizaciones que el citado ordenamiento legal exige para su otorgamiento, se presume entonces que, salvo prueba en contrario, quien tenga la licencia de funcionamiento cuenta también con las diversas licencias y autorizaciones que, conforme al reglamento, eran necesarias para su expedición.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 501/93. Joaquín Pérez García y coagraviados. 16 de abril de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca. Secretaria: Mercedes L. Pérez Martínez.