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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 214736
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Octubre de 1993; Pág. 461
PORTACION DE ARMA DE FUEGO SIN LICENCIA, EL DELITO SE DA AUN CUANDO CON POSTERIORIDAD AL EVENTO EL SUJETO ACTIVO NO TENGA EN SU PODER EL ARMA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Octubre de 1993; Pág. 461
En términos del artículo 162 fracción V del Código Penal Federal, el delito de portación de arma de fuego sin licencia, se configura sólo con el hecho de que el sujeto activo porte un arma que requiera licencia para su portación, sin contar con dicho permiso, de donde basta que las pruebas de autos indiquen que el día del evento el sentenciado no sólo portaba el arma afecta a la causa sino que incluso la accionó, para que se dé el ilícito, aun cuando momentos después del evento el arma se encuentre en el piso, es decir, no en la persona del acusado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 578/93. Joel Palma Albarrán. 11 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretaria: Ma. del Rocío F. Ortega Gómez.