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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 214768
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Octubre de 1993; Pág. 478
REVISION. DESISTIMIENTO DEL RECURSO Y CAMBIO DE SITUACION JURIDICA. CUANDO EL ACTO RECLAMADO ES EL AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Octubre de 1993; Pág. 478
Es de estudio preferente el cambio de situación jurídica de los quejosos, al desistimiento del recurso interpuesto, ya que en virtud del primero, las posibles violaciones constitucionales contenidas en el auto de formal prisión reclamado, deben considerarse consumadas de modo irreparable, por no poder decidirse sobre ellas sin afectar la nueva situación jurídica de los quejosos, caso en el que procede revocar la sentencia a revisión, para sobreseer en el juicio de amparo. Los fundamentos mencionados, resultan ser más importantes que los relativos al desistimiento del recurso de revisión planteado en contra de la sentencia de amparo, ya que de aceptarse el aludido desistimiento tendría como consecuencia que quedara firme la sentencia que negó la protección constitucional a los quejosos respecto del auto de formal prisión reclamado.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 86/91. Marsha Martínez Denise y otros. 28 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Velasco Félix. Secretario: Tereso Ramos Hernández.