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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214778
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Octubre de 1993; Pág. 484

SENTENCIAS DERIVADAS DE UN PROCEDIMIENTO CIVIL DEL ORDEN FEDERAL EN QUE FUERON DEMANDADOS ORGANOS DE LA FEDERACION. CUMPLIMIENTO DE LAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Octubre de 1993; Pág. 484

Precedentes

Amparo en revisión 224/92. María Guadalupe Velázquez viuda de Magaña. 4 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Mojica Hernández. Secretario: Silverio Rodríguez Carrillo.
Registro digital (IUS): 214778