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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214838
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 171

ACTO RECLAMADO, CONSTANCIAS ILEGIBLES DEL. NO RELEVAN AL QUEJOSO DE LA OBLIGACION DE DEMOSTRAR SU INCONSTITUCIONALIDAD CUANDO NO LO ES EN SI MISMO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 171

Precedentes

Amparo en revisión 245/93. Alfonso Cruz Herrera. 10 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: María Soledad Hernández de Mosqueda. Secretario: José Manuel Torres Pérez.
Registro digital (IUS): 214838