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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214886
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 196

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, SI LA CUANTIA DEL ASUNTO NO EXCEDE DEL INTERES PRECISADO EN EL ARTICULO 415, FRACCION I, DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, NO ADMITE EL RECURSO DE APELACION TRATANDOSE DE CONTIENDAS SOBRE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 196

Precedentes

Amparo en revisión 251/93. Antonio Velasco Marín. 3 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Miguel Angel Perulles Flores.
Registro digital (IUS): 214886