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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214898
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 206

DEMANDA. SU MODIFICACION QUEDA AL MARGEN DEL TERMINO PRESCRIPTIVO QUE SEÑALA EL ARTICULO 518 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 206

Precedentes

Amparo directo 165/93. Instituto Mexicano del Seguro Social. 11 de Mayo de 1993. Mayoría de votos. Disidente: José Angel Mandujano Gordillo. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretario: Alejandro García Gómez.
Registro digital (IUS): 214898