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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 214908
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 211
DESPIDO, CUANDO EL PATRON LO NIEGA Y OFRECE EL TRABAJO CONTROVIRTIENDO LAS CONDICIONES DE TRABAJO. CARGA DE LA PRUEBA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 211
Cuando el patrón demandado al contestar la demanda niega el despido y ofrece el trabajo al actor, pero controvierte las condiciones de trabajo en que se venía prestando, tales como la categoría de éste, sin demostrar sus afirmaciones, debe considerarse que tal ofrecimiento se hizo de mala fe, razón por lo cual no opera la reversión de la carga de la prueba.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 660/92. Comida Rápida Aler, S.A. de C.V. 8 de octubre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretaria: María Concepción Alonso Flores.