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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214910
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 212

DESPIDO, NEGATIVA Y OFRECIMIENTO DE REINSTALACION EN LOS MISMOS TERMINOS Y CONDICIONES, SE CONSIDERA HECHO DE MALA FE, SI EL TRABAJADOR ESTA INCAPACITADO FISICAMENTE PARA DESEMPEÑARLO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 212

Precedentes

Amparo directo 899/92. Chávez Navarro Gabriel, como tutor y en ejercicio de la patria potestad respecto a su menor hija Haydee Chávez Moreno. 7 de enero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Vega Sánchez. Secretario: Eduardo N. Santoyo.
Registro digital (IUS): 214910