Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/214922
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214922
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 217

DOMINGOS LABORADOS. CORRESPONDE AL TRABAJADOR Y NO AL PATRON, ACREDITAR QUE SE LABORO EN.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 217

Precedentes

Amparo directo 359/93. Electrónica Cóndor de México, S.A. de C.V. 4 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro F. Reyes Colín. Secretario: Angel Rodríguez Rico.
Registro digital (IUS): 214922