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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214963
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 240

IMPUESTO SOBRE PRODUCTOS DEL TRABAJO, OBLIGACION DEL PATRON DE RETENERLO. CUANDO SE CONDENE AL PAGO DE SALARIOS CAIDOS, CON MOTIVO DEL DESPIDO INJUSTIFICADO Y SE REINSTALE AL TRABAJADOR A LA FUENTE DE TRABAJO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 240

Precedentes

Amparo en revisión 27/92. Comisión Federal de Electricidad. 18 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Arroyo Moreno. Secretario: José de Jesús Ortega de la Peña.
Registro digital (IUS): 214963