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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214969
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 244

INSPECCION OFRECIDA POR EL PATRON RESPECTO DE DOCUMENTOS QUE TIENE OBLIGACION DE CONSERVAR Y EXHIBIR EN JUICIO. INTERPRETACION DEL ARTICULO 804 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 244

Precedentes

Amparo directo 774/92. Angel Joaquín Arzate Pineda. 28 de octubre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretaria: Julieta María Elena Anguas Carrasco. Amparo directo 712/92. Luis Francisco Pérez Lara. 27 de octubre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretario: Gerardo Isaac Montero. Reitera criterio de la tesis de Jurisprudencia visible en la página 53 de la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, número 43, julio de 1991.
Registro digital (IUS): 214969