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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214993
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 258

MULTAS DE QUE SE APERCIBE A LAS AUTORIDADES RESPONSABLES. SON ACTOS FUTUROS E INCIERTOS QUE NO TIENEN CARACTER DE INMINENTES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 258

Precedentes

Queja 33/93. El Director General de Asuntos Jurídicos y Dirección General de Tenencia de la Tierra de la Secretaría de la Reforma Agraria. 2 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretaria: Lidia López Villa.
Registro digital (IUS): 214993