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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 215042
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 285
PRESCRIPCION. PROCEDENCIA Y COMPUTO DE LA. EN MATERIA LABORAL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 285
La prescripción es un fenómeno jurídico que actúa por disposición de la ley y mediante el simple transcurso del tiempo; para que la misma opere, una vez opuesta por la parte interesada, basta demostrar los hechos que constituyen el término prescriptivo y su cómputo. Dicho período se compone de días naturales, es decir comprende los días inhábiles que en el transcurso del término prescriptivo hubiere, y sólo excepcionalmente se ve ampliado ese término, cuando su último día es inhábil.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 200/93. María del Rosario Olivares Cardona. 14 de julio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: Esteban Oviedo Rangel.