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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 215059
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 294
PRUEBA TESTIMONIAL, AUNQUE ES LA IDONEA NO ES LA UNICA PARA ACREDITAR LA POSESION DE PARCELAS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 294
Si bien es cierto que la prueba testimonial es la idónea para acreditar el hecho de la posesión de acuerdo con criterio jurisprudencial de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, también lo es que esa posesión puede demostrarse con la adminiculación de otros medios probatorios conducentes.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 151/93. Concepción Torres Hernández. 9 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Tomás Enrique Ochoa Moguel. Secretario: Miguel Acosta Villa.