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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 215076
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 307
RENUNCIA VERBAL DEL TRABAJADOR. DECLARACIONES DE TESTIGOS, CARECEN DE VALOR PROBATORIO PARA ACREDITAR LA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 307
Si la demandada se concretó a mencionar que el actor renunció verbal y voluntariamente a su trabajo, sin señalar que en el acto estuviera presente persona alguna, los testigos que ofrezca y que declaren sobre ese hecho, carecen de valor probatorio, porque a dichos testigos no les pueden constar hechos que no presenciaron, siendo, por ende indebido que la Junta otorgue eficacia probatoria a las testimoniales porque a su juicio fueron contestes en sus declaraciones.
SEPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 4237/93. Rafael Herrera Cisneros. 23 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Hernández Saldaña. Secretario: José C. Santiago Solórzano.