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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215114
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 331

TERCERO PERJUDICADO. FALTA DE EMPLAZAMIENTO DEL. EL JUEZ DE DISTRITO CARECE DE FACULTADES PARA APLICAR LA TESIS DE JURISPRUDENCIA QUE DETERMINA LA INNECESARIA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO CUANDO LA SENTENCIA DE AMPARO LO BENEFICIA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 331

Precedentes

Amparo en revisión 396/93. Fábrica San Luis, S.A. y Banco del Centro, S.N.C. 1o. de julio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretaria: María Eugenia Olascuaga García.
Registro digital (IUS): 215114