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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 215119
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 333
TESTIGOS ALECCIONADOS, LO SON AQUELLOS QUE SE ANTICIPAN EN SUS RESPUESTAS, VALOR PROBATORIO DE LOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 333
Si los testigos se anticipan en sus respuestas a contestar preguntas diversas a las que se les plantearon, esta actitud evidentemente denota aleccionamiento, por lo que no son dignos de crédito a efecto de tener por acreditado el hecho que con ellos se pretenda probar y, en tal virtud es legal la decisión de la Junta del conocimiento, negándole valor probatorio a la prueba testimonial respectiva.
SEPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 6697/92. Artes Gráficas Unidas, S.A. de C.V. 7 de julio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: María Yolanda Múgica García. Secretario: José Francisco Albarrán Mendoza.
Amparo directo 1867/92. Edith Benítez Cruz. 25 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: María Yolanda Múgica García. Secretario: Antonio Hernández Meza.