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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215121
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 334

TESTIGOS, INEFICACIA DE SUS DECLARACIONES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 334

Precedentes

Amparo directo 660/92. Comida Rápida Aler, S.A. de C.V. 8 de octubre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretaria: María Concepción Alonso Flores. Reitera criterio de la tesis jurisprudencial número 1947, publicada a fojas 3141, de la Segunda Parte, Salas y Tesis del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917- 1988.
Registro digital (IUS): 215121