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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215145
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 346

TRIBUNALES UNITARIOS AGRARIOS, SON COMPETENTES PARA CONOCER DE LOS JUICIOS DE NULIDAD DICTADOS POR AUTORIDADES AGRARIAS, QUE ALTEREN, MODIFIQUEN O EXTINGAN UN DERECHO O DETERMINEN LA EXISTENCIA DE UNA OBLIGACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 346

Precedentes

Amparo en revisión 37/93. Hernán Luis Pujol Rochín y otros. 25 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Santacruz Fernández. Secretario: Luis Humberto Morales.
Registro digital (IUS): 215145