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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V.2o. J/70JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215183
Clave de tesis
V.2o. J/70
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 68, Agosto de 1993; Pág. 73

COPIAS FOTOSTATICAS. SU VALOR PROBATORIO.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 68, Agosto de 1993; Pág. 73

Precedentes

Amparo en revisión 113/91. Rosa Elena Rodríguez Campa. 10 de julio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretario: Jacobo López Ceniceros. Amparo en revisión 223/91. Mario Antonio Noriega Figueroa. 4 de diciembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Adán Gilberto Villarreal Castro. Secretaria: Rosa Eugenia Gómez Tello Fosado. Amparo en revisión 108/92. Autotransportes Fry-Pacífico, S.A. de C.V. 26 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Lucio Antonio Castillo González. Secretaria: Silvia Marinella Covián Ramírez. Amparo directo 485/92. Filiberto Romero Delgado. 20 de enero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Alicia Rodríguez Cruz. Secretario: Eduardo Anastacio Chávez García. Amparo directo 242/93. Banco BCH, S.A. 2 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: David Guerrero Espriú. Secretaria: Edna María Navarro García.
Registro digital (IUS): 215183