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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX. J/40JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 215201
- Clave de tesis
- XX. J/40
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 68, Agosto de 1993; Pág. 96
COMPETENCIA POR RAZON DE CUANTIA, PARA FIJAR LA. DEBE ESTARSE AL VALOR ACTUAL DEL INMUEBLE MATERIA DE LA LITIS Y SI ES INDETERMINADO PROCEDE LA APELACION. (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 68, Agosto de 1993; Pág. 96
Para fijar la competencia por razón de cuantía, debe estarse al valor actual del inmueble materia de la litis; por tanto, si de autos no se advierte que existan constancias que permitan determinar el monto del valor actualizado, es de concluir que éste debe considerarse como indeterminado y, en esas condiciones, debe estarse a la regla general que señala que, tratándose de sentencias pronunciadas por los jueces de primera instancia, procede la apelación.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 106/93. Marco Antonio Borraz Cruz y otros. 11 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Miguel Angel Perulles Flores.
Amparo directo 291/93. Mariano Concepción López Astudillo. 3 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Noé Gutiérrez Díaz.
Amparo en revisión 291/93. Raúl de la Cruz Morales. 10 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Miguel Angel Perulles Flores.
Amparo en revisión 321/93. Carlos Rodríguez Morales y otro. 17 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Miguel Angel Perulles Flores.
Amparo directo 363/93. Jesús Mario Altúzar Gordillo. 23 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Casto Ambrosio Domínguez Bermúdez.